Copyright & Copyleft

 

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Diferentes modelos de licenciamiento

¿Qué es el copyright?

El copyright, traducido como derecho de copia, es una forma de protección para los autores de obras originales. Es un derecho patrimonial concedida por la ley de cada país por el sólo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, publicada o no. El Copyright se no considera la relación de esta con su autor excepto por la paternidad de la misma, y le otorga derechos que le permiten decidir sobre el modo de utilización futura de su obra. Los copyrights duran de 67 a 95 años, dependiendo de la fecha de creación de la cosa de copyright, y cuándo salió el copyright.

Este derecho se refleja con el símbolo ©. Hace referencia más propiamente al derecho de autor (copyright) sobre obras intelectuales de otra índole, como por ejemplo: libros, folletos, obras dramáticas, obras cinematográficas y audiovisuales; dibujos, pinturas etc.

Le da al dueño una serie de derechos para hacer las siguientes acciones con su obra:

· Reproducir la obra en copias o fonogramas;

· Preparar obras derivados basados en la obra;

· Distribuir copias o fonogramas de la obra al público

· Presentar la obra públicamente

· Mostrar la obra públicamente

· En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital

El Derecho continental suele distinguir los siguientes derechos de autor:

Derechos patrimoniales: permiten la explotación de la obra en un plazo a partir de la muerte del último de los autores, después pasa a ser de dominio público y cualquier persona puede explotarla.

Derechos morales: están ligados al autor permanentemente y son y son ineludibles e perdurables.

Derechos conexos: son los que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.

Las leyes de cada país difieren especialmente en los siguientes puntos:

Plazo de protección. En casi todos los países, los derechos de autor terminan después de 70 años tras la muerte del autor. Situación de la obras del Estado. En muchos países (pero no en todos), los documentos publicados por el Estado para uso oficial están en el dominio público.

Tipo de material sujeto a derecho de autor.

Cultura libre

Aquellas obras cuyos resultados son fruto del esfuerzo de la creación de contenidos culturales, hacen posible que exista una floreciente industria de difusión y distribución de dichos contenidos.

La extrema vigencia temporal de los denominados “derechos de autor” tal y como están establecidos en la actualidad representan una barrera a la incorporación de la cultura al dominio público, bien común, en una época histórica análoga a la que acompaña la revolución de la imprenta.

Desde determinadas organizaciones se viene incurriendo en un proceso de demonización de la red de difusión, distribución e intercambio de información más igualitaria jamás concebida, así como en un afán recaudatorio injusto, abusivo y a todas luces excesivo.

Las ediciones impresas, o publicaciones de cualquier contenido audiovisual disfrutan de unos derechos de explotación comercial cuyo plazo de duración, ampliado artificialmente, amenaza el ejercicio del derecho de acceso universal a la cultura.

La historia nos puede mostrar, con ejemplos como los logros obtenidos por el software libre, que el poder creativo, intelectual y cultural de los inmensos colectivos a que dan lugar las redes de telecomunicaciones no puede ser despreciado.

Debemos tener en cuenta que el acceso universal a la cultura beneficia tanto al público como a los creadores y que nadie posee ni nuestros pensamientos, ni nuestras ideas.

Por eso, se reniega de los argumentos falaces que equiparan la cultura con la explotación comercial, industrial o que la degrada a un mero elemento de consumo.

Para conseguir una cultura libre es necesario que se garantice el acceso universal y la distribución masiva, de forma libre y gratuita de todos los contenidos culturales propiedad del estado en sus fondos, bibliotecas o almacenes de depósito legal.

Lo que se debe buscar es que la sociedad, la industria y los autores busquen un nuevo modelo de relaciones económicas que, en vez de constreñir el uso de las tecnologías de la comunicación, potencie y se aproveche de su desarrollo y multiplique sus beneficios.

Con este nuevo acuerdo entre los autores y el público se espera garantizar las recompensas necesarias para incentivar la creación sin impedir la difusión de la cultura.

La limitación temporal de los llamados “derechos de autor” en unos términos más acordes con el derecho de acceso a la cultura reconocido por la Constitución Española y la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Lo que se pretende es que estas medidas ejecutivas y legislativas lleven a la práctica las reivindicaciones arriba expuestas tanto en el ámbito nacional, como especialmente en el ámbito de la Unión Europea.

¿Qué es el copyleft?

El copyleft (copia permitida) es un grupo de derechos de autor cuyo fin es eliminar las restricciones de distribución o modificación impuestas por el copyright.Pueden protegerse cualquier tipo de producción creativa, como por ejemplo programas informáticos o arte.

Pretende garantizar una mayor libertad para que cada receptor de una copia pueda usar, modificar y redistribuir el propio trabajo y las versiones derivadas del mismo.

El método de aplicación más habitual es el de ofrecerlo junto a un contrato o licencia, que garantiza al propietario de una copia del trabajo que pueda usarla, modificarla y distribuir las copias que quiera.

Estas tres libertades básicas, sin embargo, no son suficientes aún para asegurar que una obra derivada sea distribuida bajo las mismas condiciones no restrictivas: con este fin, la licencia debe asegurar que el propietario del trabajo derivado lo distribuirá bajo el mismo tipo de licencia.

Otras condiciones de licencia serían las siguientes: el trabajo y sus derivados son siempre puestos a disposición, de manera que se facilite su modificación, o idear un sistema para documentar adecuadamente la creación y sus modificaciones.

Para que estas licencias copyleft en la práctica tuvieran efecto, necesitarían hacer un uso creativo de las reglas y leyes que rigen los derechos de autor.

Aunque el copyleft no es un término reconocido por la ley, sus defensores lo ven como una herramienta legal en un debate político e ideológico sobre las obras intelectuales. Algunos ven en el copyleft un primer paso para suprimir cualquier tipo de ley relacionada con el copyright. Si se abolieran las leyes del copyright, y a falta de otros medios, no habría manera de hacer cumplir una licencia copyleft, aunque también sería menos necesario.

  • Arte y documentación: el copyleft también ha inspirado a las artes.
  • Patentes: Las ideas del copyleft están siendo también sugeridas cada vez más para su aplicación en patentes. Ejemplos de estas iniciativas son los fondos de patentes abiertas que permiten el uso libre de royalties de patentes contribuidas al fondo bajo ciertas condiciones (como renunciar al derecho de solicitar nuevas patentes que no han sido contribuidas a dicho fondo). Sin embargo, esta iniciativa parece no haber despegado, tal vez porque las patentes son relativamente caras de obtener, mientras que los derechos de autor se obtienen de manera gratuita.
  • Nuevos productos: la explotación de trabajos con copyleft puede conseguirse, por ejemplo, construyendo un modelo de servicios -incluyendo asesoría y soporte- alrededor del trabajo con copyleft.
  •  Comercialización industrial: con el tiempo ha quedado demostrado que es posible basar un negocio en un servicio comercial en torno a una creación con copyleft.
  • Comercialización artística: algunos ejemplos serían:

                         – Compartir los ingresos por publicidad: Sitios como EMusic.com, Soundclick, o Artistdirect.com ponen a disposición de los fans un espacio donde escuchar flujos de música, descargar ficheros y ponerse en contacto con los artistas. Mientras tanto, estos fans ven publicidad cuyos beneficios se reparten entre el propio sitio y los titulares de los derechos de autor.

                     – Conciertos: los conciertos son una enorme fuente de ingresos para los artistas. Algunos han construido sus carreras alrededor de sus giras, al mismo tiempo que animaban a sus fans a grabar e intercambiar su música. La distribución por paridad encaja a la perfección con este modelo, constituyendo un sistema de distribución y promoción para aquellas bandas que eligen ganarse la vida en la carretera.

 

Copyright vs Copyleft

La principal diferencia es que el copyleft son unos derechos de autor que intenta eliminar las restricciones que tiene el copyright, con la condición de que el trabajo se mantenga con el mismo régimen de derechos de autor que el original. Es una alternativa a las restricciones que imponen las normas planteadas en los derechos de autor, a la hora de hacer, modificar y distribuir copias de una obra determinada. Se pretende garantizar así una mayor libertad para que cada receptor de una copia, o una versión derivada de un trabajo, pueda, a su vez, usar, modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo. Así, y en un entorno no legal, puede considerarse como opuesto al copyright o derechos de autor tradicionales. Lo que quiere es garantizar el acceso universal de forma gratuita y libre a todos los contenidos culturales que sean propiedad del estado. Con esto se intenta evitar que el Software Libre se vea modificado y luego redistribuido por empresas privadas como Software Privativo. Copia privada es lo que cualquier ciudadano hace en su casa. Según la ley cualquiera tienen derecho a hacer una de estas copias para uso personal. La copia privada constituye una excepción o un límite a los derechos exclusivos de los autores sobre sus obras. Los autores nunca han controlado todos los usos sobre sus obras, sus derechos siempre han estado limitados. Se argumenta que, mediante ese método, al permitir su reproducción, el acceso al conocimiento es libre y la industria cultural no se enriquece a costa de los usuarios con el cobro de abusivos derechos.

En torno a esta idea ha surgido un movimiento desorganizado, con un espectro de posturas muy diferentes pero que todas coinciden en el intento por conseguir una flexibilización de las leyes de propiedad intelectual

  

Ventajas e inconvenientes del copyrght y el copyleft

Ventajas del copyright:

Evita que se copien las obras de artistas.

  • El dueño de las obras tiene derecho a cobrar por las mismas.
  • Las compañías responden ante cualquier problema legal.

 

Desventajas

Los creadores venden los derechos de sus obras a particulares que comercializan sus obras por el pago de un importe más alto.

  • Coryright la entidad que gestiona los derechos no tendrá en cuenta los intereses particulares de cada autor.
  • En internet, los derechos de autor no tienen la eficacia que tienen en otros medios.
  • Es necesario, para su distribución y comunicación, una mayor inversión financiera.
  • Los que gestionan este derecho ingresan millones por el cobro del canon, esto es algo que debe solucionarse.

Ventajas del copyleft:

Para los autores

 

  • El autor que use copyleft controla y gestiona de forma autónoma las tarifas y tasas de sus derechos de autor con total libertad.
  • Eliminan los costes de intermediarios por lo que hay un mayor beneficio para el autor y mejor oferta para el interesado.
  • Menor burocracia a la hora de realizar actos públicos a diferencia de las entidades de gestión que realizan muchos trámites.
  • En la música, impulsan la celebración de más conciertos que es donde realmente los artistas obtienen beneficio y es la única expresión artística que no se puede piratear.
  • Si un documento está bajo copyleft sus trabajos derivados también se rigen bajo la misma licencia contratada, sin necesidad legal de hacerlo bajo una nueva licencia.
  • El copyleft puede aplicarse en general a cualquier obra de arte.

Para los usuarios

  • Pueden reproducir y copiar siempre que no exista ánimo de lucro. La única condición es citar a autor cuando se realice la reproducción.
  • Los autores no piden un canon por copia, con lo que todos los consumidores se ahorran un dinero.
  • Cualquier tipo de evento o lugar podrá reproducir la obra de un autor con copyleft ahorrándose el trámite administrativo realizado con copyright.
  • Los cambios producidos en un documento copyleft deben también ser gratuitos y libres de usarse. Siempre se debe reconocer la autoría de la obra.
  • Puede exigirse que una versión modificada del programa tenga un nombre y número de versión diferente que el programa original para poder proteger al autor original de la responsabilidad de estas versiones.

 

Desventajas:

  • No se puede impedir la venta o distribución del programa por lo tanto tampoco se puede pedir un canon o tasa.
  • Algunas partes del documento no están expuestas al copyleft por completo y por tanto no se cumplen los principios fundamentales del copyleft.
  • Es difícil poner el copyleft en práctica en obras o documentos caracterizados por la producción como objetos únicos, y que por tanto no pueden ser copiados.

 

 MI OPINIÓN

Por un lado yo estoy a favor del copyleft porque así nosotros podemos acceder a cualquier tipo de obra de forma facíl e inmediata, siempre y cuando respetemos las normas al uso, por otro lado me parece injusto para los autores porque ellos no podrán controlar toda su obra por lo que gente que comercialice o haga otro uso ilícito sin pagar ningún tipo de canon.